Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.207


Artículo R.207

En todos los casos será necesaria la correspondiente gestión ante la Intendencia Municipal de Maldonado a los efectos de resolver sobre la pertinencia de su autorización.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3432/1994 de 1994-11-25 Artículo 9