VOLUMEN VII
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO IV
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SECCIÓN I
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Establécese que el precio de los nichos del Cementerio de Maldonado determinado por Resolución 7807/88 gozará de una quita del 30% en los casos en que el comprador conforme un núcleo familiar de bajos recursos.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 1 |
Se entenderá núcleo familiar de bajos recursos a los efectos de esta resolución los que tengan un ingreso total bruto inferior a tres salarios mínimos.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 2 |
Para los casos comprendidos en esta resolución el pago se podrá realizar:
En ambos casos se tomará el valor de la U.R. del mes en que se efectúa el pago.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 3 |
A los efectos de ampararse a la presente resolución deberá presentarse declaración jurada de ingresos y de integración del núcleo familiar conjuntamente con la solicitud de compra del nicho.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 4 |
La Dirección de Promoción Social corroborará la veracidad de lo declarado.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 5 |
Serán de aplicación para la presente los numerales 4, 5 y 6 de la Resolución 7807/88.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 | Artículo 6 |