Digesto Departamental
VOLUMEN VII
LIBRO II
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO IV
Precios de Nichos

SECCIÓN I
Artículo R.250

Establécese que el precio de los nichos del Cementerio de Maldonado determinado por Resolución 7807/88 gozará de una quita del 30% en los casos en que el comprador conforme un núcleo familiar de bajos recursos.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 1

Artículo R.251

Se entenderá núcleo familiar de bajos recursos a los efectos de esta resolución los que tengan un ingreso total bruto inferior a tres salarios mínimos.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 2

Artículo R.252

Para los casos comprendidos en esta resolución el pago se podrá realizar:

  1. Al contado con una quita del 10% del precio bonificado.
  2. En 20 cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 4, 2 U.R. cada una sin intereses de financiación.

En ambos casos se tomará el valor de la U.R. del mes en que se efectúa el pago.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 3

Artículo R.253

A los efectos de ampararse a la presente resolución deberá presentarse declaración jurada de ingresos y de integración del núcleo familiar conjuntamente con la solicitud de compra del nicho.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 4

Artículo R.254

La Dirección de Promoción Social corroborará la veracidad de lo declarado.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 5

Artículo R.255

Serán de aplicación para la presente los numerales 4, 5 y 6 de la Resolución 7807/88.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2844/1989 de 1989-06-21 Artículo 6

SECCIÓN II NICHOS NECROPOLIS DE SAN CARLOS
Artículo R.291

1º)-Establécese el precio para la concesión de derecho de uso de los nuevos nichos y urnarios de la Necrópolis de San Carlos en 108 (ciento ocho) y 15 (quince) Unidades Reajustables, respectivamente.

2º)-El pago de los derechos relativos a nichos y urnarios podrá realizarse:

a)-Al contado con una quita del 10% (diez por ciento);

b)-El pago financiado del precio para nichos y urnarios podrá realizarse hasta en 60 (sesenta) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación.

Fuente Observaciones
Res.ID. 07112/2020 de 2020-11-21 Artículos 1 y 2