VOLUMEN VIII
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LIBRO II
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN VI
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Trámite
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DEROGADO POR Art. 92 Dcto. 4036/2021
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 31 |
DEROGADO POR Art. 92 Dcto. 4036/2021
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 32 |
Los avisos cuyas características no estén comprendidas en las presentes disposiciones, serán motivo de consulta previa ante la Intendencia Municipal de Maldonado.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 33 |
El gestionante deberá asegurarse el mantenimiento correcto del aviso para el que solicita autorización. Todo aviso deberá incluir el nombre de la empresa que lo coloca, junto al número del expediente municipal que autoriza su colocación.
La Intendencia Municipal de Maldonado controlará que en todo momento, éste se encuentre en perfectas condiciones.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 34 |
Todos los permisos serán otorgados en carácter transitorio y revocable a juicio de la Intendencia Municipal, conforme al interés público.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 35 |
DEROGADO POR Art. 92 Dcto. 4036/2021
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 36 |
Quedarán eximidos del pago de tasas los carteles de hasta dos metros cuadrados que se refieran a los rubros autorizados por el Art. D.92.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 37 |