Digesto Departamental

Artículo R.51

1) Aprúebanse los protocolos anexados en actuación 1, relativos  a los Parques Pueblo Gaucho, Mancebo, Indígena, El Jagüel, Quinta de Medina de San Carlos, Reserva de Fauna del Cerro Pan de Azúcar y la Isla de Gorritti, los que forman parte integrante del  presente acto administrativo.

2) Facúltase a la Dirección General de Gestión Ambiental la apertura de los Parques referidos en el numeral anterior y la Isla de Gorritti, sujeto al cumplimiento de los protocolos establecidos y a lo previsto por la Ley Nº 19.932.

3) Téngase presente por la Dirección General de Gestión Ambiental las recomendaciones formuladas por la Dirección General de Vivienda, Desarrollo Barrial y Salud en actuación 2.

4) Establécese que las medidas adoptadas pueden ser modificadas conforme se desenvuelva la situación epidemiológica que diera lugar a la declaración de emergencia sanitaria. 

5) Comuníquese a Presidencia de la República, ADEOM, Municipios, Direcciones Generales y Dirección de Prensa para su difusión. Hecho, siga a la Dirección General de Gestión Ambiental a sus efectos.

 

 

Fuente Observaciones
Res.ID. 07938/2020 de 2020-12-22 Artículos 1 a 5

Artículo R.54

PROTOCOLO DE APERTURA DEL PARQUE "PUEBLO GAUCHO" EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

I - AREAS PUBLICAS / COMUNES

  1. En espacios comunes ubicados al aire libre. Se debe respetar la distancia mínima de seguridad entre las personas de 2 mts. por persona.
  2. El aforo total del parque, no podrá superar al 50% del que se tenía previamente al COVID-19, sin perjuicio de lo establecido en el punto III de este Protocolo.
  3. En el uso de las visitas guiadas se deberá mantener una distancia mínima entre los usuarios de grupos familiares de 2 mts.

 

Medidas especiales e higiene.

  1. Se considerará la inclusión de barreras físicas, sendas de tránsito diferenciadas, marcas y señales que orienten a trabajadores y público general.
  2. Se exigirá la utilización de tapabocas para circular por todas las instalaciones del parque por parte de todos los usuarios, clientes, trabajadores y proveedores sin excepción, así como también el paso por la alfombra sanitaria en la única entrada y salida del parque.
  3. El uso de los vestuarios estará prohibido, Se exigirá que cada uno de los usuarios cuente con jabón de uso personal exceptuando los baños públicos en los cuales no se permitirá el acceso a mas de uno por vez.
  4. Exhortar la adquisición de entradas de forma anticipada en los casos donde sea posible, así como abonar mediante el uso de medios de pago electrónico como tarjetas de crédito y/o débito, con el fin de evitar el manejo de dinero en efectivo.
  5. Contar con dispensador de alcohol al 70% o producto sanitizante para manos, en área de ingreso, así como también en la entrada de los baños.

 

II - DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA DE PARQUE

Medidas generales

  1. En los puntos críticos del parque, baños y sectores cerrados, se deberá asegurar una desinfección profunda general y diaria. Los baños deberán ser higienizados cada media hora.
  2. Para cumplir con una correcta desinfección se reducirá el horario de funcionamiento del parque de 12 hrs. a 21 hrs. Lo que será estipulado y comunicado.
  3. Para la desinfección se deberá utilizar agua potable y amoniaco cuaternario.
  4. Se deberá higienizar las sillas con cada cambio de ocupante.
  5. Se deberá mantener una continua ventilación con renovación permanente de aire en los espacios cerrados del parque.

 

III - CAPACIDAD OPERATIVA DEL PARQUE

  1. Teniendo en cuenta la extensión del parque 3 ha, y su capacidad, consideramos que podemos albergar a 100 personas máximo por los diferentes turnos que estarían comprendidos en turnos de 2 hrs. En ningún caso el referido aforo podrá superar el de una persona por cada 5 m².
  2. Para garantizar la correcta higiene, desinfección y control del mismo, así como la correcta aplicación de los protocolos de desinfección y de cuidados sanitarios, el parque estará abierto al público máximo 6 días a la semana, distribuido de la siguiente manera. Lunes, martes, jueves, viernes, sábados y domingos, exceptuando el día miércoles que permaneceremos cerrados.

 

IV - ACCIONES CON USUARIOS

  1. Se exhortará a las personas mayores de 65 años y portadores de compatibilidades a no concurrir al parque.
  2. Durante el proceso de registro al ingreso al parque, será obligatorio el uso de tapabocas así como también se desinfectará las manos con alcohol o amoniaco cuaternario y se deberá evitar aglomeraciones de personas, manteniendo una distancia mínima mayor a 2 mts.
  3. Se deberá medir la temperatura corporal antes de permitir el ingreso a los parques. Si alguna persona presenta temperatura superior a 37º (treinta y siete grados), no se le admitirá el ingreso, así como tampoco a sus acompañantes, dándose aviso al sistema sanitario.
  4. Se exigirá la utilización de tapabocas para circular por todas las instalaciones del parque por parte de todos los usuarios y personal.
  5. En lo que respecta al tiempo de ingreso a las diferentes áreas, será controlado y limitado su permanencia en el mismo.

 

V - ACCIONES CON PERSONAL

  1. Todos aquellos empleados que antes de ingresar al trabajo presenten síntomas de COVID-19 (estado gripal, tos, estornudos, fiebre o falta de oxígeno), no deberán presentarse a trabajar y deberán contactar inmediatamente a su médico para seguir las recomendaciones que el profesional le indique e informar al superior inmediato de su área.
  2. Se deberá medir la temperatura corporal antes de permitir el ingreso al parque. Si algún funcionario presenta temperatura superior a 37º (treinta y siete grados), no se le admitirá el ingreso, dando aviso al sistema sanitario.
  3. A cada uno de los empleados se les otorgarán mascarillas para su uso durante la jornada laboral y en caso de ser necesario pantalla facial, así como se exigirá el correcto lavado de manos en forma frecuente.
  4. El parque se obliga a capacitar e instruir debidamente a todo su personal en relación al presente protocolo, debiendo reglamentar su aplicación de acuerdo a las particularidades de cada local.

 

VI - INSTRUMENTACIÓN

La implementación de este Protocolo será coordinado entre el Parque Temático Pueblo Gaucho, La Intendencia Departamental de Maldonado, y todas las dependencias del Ministerio de Salud Pública del Departamento.

El incumplimiento de las disposiciones señaladas traerá como consecuencia la aplicación de sanciones por las autoridades pertinentes en cada caso.


Artículo R.55

PROTOCOLO DE REAPERTURA DE PARQUES "MANCEBO" E "INDÍGENA" EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

Reservas para uso de los Parques:

La reserva para el uso de los parrilleros de los Parques Mancebo e Indígena se deberá realizas en forma presencial el día previo a la fecha deseada de utilización, en el parque correspondiente en el horario de 10:00 a 12:00 hrs..

 

Entrada al parque:

  • Se tomará la temperatura de cada uno de los integrantes del núcleo y se procederá a la desinfección de manos con alcohol 70º C en gel o por dispersión.
  • La persona responsable de la reserva del parrillero y usufructo del mismo, deberá presentar obligatoriamente previo al ingreso, la lista con nombres y teléfonos de contacto de cada una de las personas que harán usufructo de éste para poder acceder al mismo.

 

Actividades dentro del parque:

  • La actividad del parque será exclusiva en el espacio del parrillero asignado, quedando expresamente prohibido el uso del área de los juegos para niños, caminatas por el parque (por pasarelas o vías de tránsito), o juegos como fútbol o cualquier otra actividad que no queda circunscripta al espacio del parrillero asignado.
  • Se exhorta al uso mínimo indispensable de los gabinetes higiénicos, a los cuales se debe concurrir con tapaboca, y respetar una distancia social de 1,5 mts. Mientra se espera la entrada al mismo, en dónde habrá un funcionario que hará respetar estas disposiciones y administrará alcohol 70º en gel o por dispersión a la salida de los baños.
  • Se exhorta a la población de riesgo ante el Covid a no concurrir a los parques antes mencionados.
  • También se exhorta a los usuarios llevar alcohol 70º en gel o por dispersión.

 

Grupos y hora de funcionamiento de los parques:

  • Para ambos parques el horario de funcionamiento será de 11:00 a 16:00 hrs.. No estando permitido una vez que se abandonan las instalaciones, el reingreso a las mismas.
  • Los cupos para el Parque Mancebo serán de 3 parrilleros grandes con capacidad para 15 personas y 14 parrilleros chicos con una capacidad de 8 personas, por lo que el aforo máximo del parque será de 157 usuarios.
  • Los cupos para el Parque Indígena son de 8 parrilleros con una capacidad acotada a 7 personas por unidad. Total 56 personas.

 

Medidas higiénicas:

  • Antes del inicio de actividades en ambos parques, se procederá a la desinfección de los parrilleros, mesadas, asientos y demás espacios comunes por parte de la Intendencia.
  • En los baños habrá jabón líquido, toallas de papel descartable y alcohol 70º en gel o por dispersión.

 


Artículo R.56

PROTOCOLO DE REAPERTURA DEL PARQUE "EL JAGÜEL" EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

Como nuestra máxima prioridad es la salud y la seguridad de nuestros visitantes y empleados, El Jagüel, tomará ciertas medidas para que se pueda disfrutar minimizando el riesgo como ser:

Aforo limitado, distancia de seguridad y refuerzo de las medidas de limpieza siguiendo las recomendaciones de salubridad e higiene de las autoridades sanitarias. Además, el uso de mascarillas es obligatorio para los visitantes mayores de 5 años, funcionarios y concesionarios o prestadores de servicio.

 

Aforo y horario de funcionamiento parque:

  • El horario de funcionamiento del parques erá de 11:00 a 19:00 hrs. No permitiendo el ingreso de nuevos visitantes a partir de la hora 17:00.
  • El aforo del parque estará acotado a 500 personas de forma simultánea.
  • Se mantendrá contacto directo entre la entrada y la salida del parque para permitir la entrada de visitantes en los horarios previstos a medida que se retiran otros del mismo.
  • Queda prohibido la entrada de transporte de pasajeros ya sea en ómnibus, micros y camionetas tipo vans.

 

Entrada al parque:

  • El ingreso al parque se realizará únicamente por una senda de la derecha ubicada en entrada principal sobre la Avenida Aparicio Saravia, mientras que la salida se realizará por la senda de la izquierda de la entrada principal también ubicada sobre la Avenida Aparicio Saravia.
  • Las salidas ubicadas por la calle Isabel de Castilla permanecerán cerradas para todo el público.
  • Todas las personas deberán pasar por control sanitario.
  • Se tomará la temperatura de cada uno de los integrantes de cada grupo y se procederá a la desinfección de manos con alcohol 70º en gel o por dispersión, asignándose un número correlativo de 1 a 500 al ingreso, plazas que quedarán disponibles cuando se comunique el respectivo egreso de las instalaciones del parque.
  • En todo momento tanto adultos como niños mayores de 5 años deberán usar tapaboca que cubra correctamente nariz y boca.

 

Actividades dentro del parque:

  • El aforo del parque será reducido a 500 personas.
  • Se deberá mantener una distancia social de 1,5 mts..
  • Se exhorta al uso mínimo indispensable de los gabinetes higiénicos a los cuales se debe concurrir con tapaboca, y respetar una distancia social de 1,5 mts. Mientras se espera la entrada al mismo, en dónde habrá un funcionario que hará respetar estas disposiciones y administrará alcohol 70º en gel o por dispersión a la salida de los baños.
  • Se dispondrá de personal del parque, que estará monitoreando continuamente el correcto funcionamiento del mismo, así como hacer respetar el mantenimiento de las distancias sociales de 2:00 mts. entre núcleos familiares.
  • Cada núcleo familiar deberá guardar distancia sanitaria adecuada respecto a otras personas que no conozca.

 

Medidas higiénicas:

  • Antes de la reapertura y previo a su funcionamiento diario, el Parque completará una desinfección exhaustiva de áreas como servicios y atracciones, utilizando sanitizantes adecuados.
  • Se exhorta a la población de riesgo ante el Covid a no concurrir a los parques antes mencionados, por su propia seguridad.
  • También se exhorta a los usuarios llevar alcohol 70º en gel o por dispersión, para su uso personal.


Artículo R.57

PROTOCOLO PARA REAPERTURAS DE "QUINTA MEDINA" EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

Reservas para uso de los Parques:

La reserva para el uso de los qunchos/parrilleros de la Quinta Medina se deberá realizar el día previo a la fecha deseada de utilización en el parque correspondiente en el horario de 10:00 a 12:00 hrs..

 

Entrada al parque:

  • Los vehículos y personas deberán pasar por alfombra sanitaria.
  • Se tomará la temperatura de cada uno de los integrantes del núcleo y se procederá a la desinfección de manos con alcohol 70º en gel o por dispersión.
  • Cada persona que acceda a uno de los quinchos/parrukkerism deberá tener una lista con nombres y teléfonos de contacto de las personas que harán usufructo del mencionado quincho, debiéndola entregar a la entrada del parque.

 

Actividades dentro del parque

  • La actividad del parque será exclusiva en el quincho asignado, prohibiéndose el uso de los juegos para niños, caminatas por el parque (por pasarelas o vías de tránsito), ni realizar juegos como fútbol o cualquier otra actividad que no quede circunscripta al espacio del quincho asignado.
  • Se exhorta al uso mínimo indispensable de los gabinetes higiénicos, a los cuales se debe concurrir con tapaboca, y respetar una distancia social de 1,5 mts. mientras se espera la entrada al mismo en dónde habrá un funcionario que hará respetar estas disposiciones y administrará alcohol 70º en gel o por dispersión a la salida de los baños.
  • Se exhorta a la población de riesgo ante el Covid a no concurrir a los parques antes mencionados.
  • También se exhorta a los usuarios llevar alcohol 70ª en gel o por dispersión.

 

Cupos y hora de funcionamiento de los parques:

  • El horario de funcionamiento será de 11:00 a 16:00 hrs.
  • Los cupos para el Parque serán de 5 quinchos con capacidad para 10 personas, por lo que el aforo máximo será de 50 usuarios.

 

Medidas higiénicas:

  • Antes del inicio de actividades en ambos parques, se procederá a la desinfección de quinchos/parrilleros, mesadas, asientos y demás espacios comunes por parte de la Intendencia.
  • En los baños habrá jabón líquido, toallas de papel descartable y alcohol 70º en gel o por dispersión.

 


Artículo R.58

Protocolo para apertura de Estación de Cría de Fauna Autóctona "Uruguay Tabaré Gonzalez Sierra" en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19

Introducción.

El siguiente protocolo se realizará en el marco del contexto mudial frente a la pandemia por el COVID-19 y se contemplarán las demandas que requiere la Estación de Cría y Fauna Autóctona (ECFA) ?Uruguay Tabaré Gonzalez Sierra?, aclarando que este será de uso exclusivo para este establecimiento. Esto se debe a las características propias del lugar y las actividades que allí se desarrollan. La ECFA se encuentra sobre la Ruta Nacional N.º 37 a 6 km de la ciudad de Piriápolis y a 5 km de la ciudad de Pan de Azúcar. Dicho establecimiento cuenta con una superficie de 86 Has. Y allí se desarrollan todo tipo de actividades, como por ejemplo: acenso al cerro, actividades de conservación y actividades recreativas.

 

Alcance

El siguiente protocolo será de aplicación para toda persona que ingrese al establecimiento, esto comprende:

  • Trabajadores (Públicos y Sub-Contratos).
  • Proveedores.
  • Público en general.

 

Medidas de prevención

  • En cuanto a la organización se sugiere en primera instancia la apertura del mismo sea de jueves a lunes en el horario de 10:00 a 18:00 hrs..
  • El aforo de ECFA no será mayor a 200 personas diarias.
  • Serán habilitadas todas las instalaciones a excepción del laberinto Nº 1 y los espacios cerrados (sala audiovisuales, reptilario y eco biblioteca).
  • Los locales que dispensan alimentos permanecerán abiertos debiendo cumplir con el "Protocolo obligatorio por emergencia sanitaria COVID-19 para restaurantes, pizzerías, bares y casas de comidas".
  • Los visitantes accedan al ascenso al cerro deberán realizar un nuevo registro en la caseta control y tendrán como máximo para volver a este punto hasta las 17:30 hrs. por la tarde. En caso de no dar cumplimiento, los guarda parques ubicarán a los visitantes y le solicitarán el descenso inmediato.

 

Al momento del ingreso

  • Todas las personas deberán contar con tapabocas debidamente colocado.
  • Se procederá a la toma de temperatura (debiendo ser la misma menor a los 37,3ºC), la cual quedará registrada en papel para su seguimiento y esta se realizará en la parte frontal del cráneo o en las muecas, se deberá disponer de alcohol líquido por difusor para sanitización de manos.
  • Se procederá además al registro de todas aquellas personas que ingresen al establecimiento mediante un formulario en el cual se deberá contemplar cu nombre, apellido, lugar de residencia y número de contacto con el fin de generar la trazabilidad correspondiente.
  • En caso de no cumplir con alguna de estas medidas se impedirá el ingreso.
  • En cuanto a los vehículos que accedan a la ECFA deberán ser ubicados en la explanada contigua al reptilario a excepción de los proveedores y los vehículos oficiales.

 

En el parque

  • No se permitirá la aglomeración de mas de 10 personas siendo las mesas con una capacidad no mayor a 6 ocupantes, debiendo mantener la distancia social de 2,00 mts. Entre núcleos familiares.

 

En el recorrido

  • Se implementarán las visitas guiadas cada cierto tiempo (ejemplo: cada 2:00 hrs) según dispongan los veterinarios del establecimiento, las cuales se llevarán a cargo de los guardaparques.
  • Para mejor organización de las personas se dispondrá de un único sentido para recorrer el mismo, evitando así las aglomeraciones, siendo el punto de partida el portón frente a la administración y el punto de finalización sería el reptilario.
  • Debiendo utilizar en todo memento tapaboca y respetar las distancias sociales de 2,00 mts. entre núcleos familiares.

 

Medidas a tomar por parte de los funcionarios de ECFA (Incluye sub-contratos)

Distanciamiento social

  • En las áreas de trabajo donde halla gran concentración de personas, se deberá permanecer con el tapaboca durante toda la jornada.
  • En los lugares cerrados que implique un riesgo sanitario (independientemente de la concentración de personas) se deberá permanecer con tapabocas a lo largo de la jornada.
  • Personal que se encuentre realizando trabajos al aire libre que impliquen actividad física moderada alta, con más de 5,00 mts de distancia con otro individuo podrán utilizar el tapaboca de forma intermitente ya que el uso excesivo en estas situaciones pueden generar inconvenientes por deficiencia de oxígeno.
  • Para todos los casos se recomienda una superficie de 10 m² por persona.

 

Puestos de trabajo

  • Previo a la jornada de trabajo se deberá certificar que las instalaciones se encuentran en perfectas condiciones sanitarias.
  • Se recomienda que se confeccione un formulario en el cual de forma diaria se certifiquen las condiciones higiénicas de cada lugar.
  • Al momento del ingreso se recomienda la desinfección de los implementos de trabajo, teniendo especial cuidado con los equipos energizados.

 

Encargados de la higiene y desinfección

  • Al igual que en los puestos de trabajo se recomienda confeccionar un formulario en el cual se certifiquen las condiciones higiénicas de cada lugar.
  • En el caso de los baños se deberá contar con dispensadores de jabón líquido(no pudiendo utilizarse recipientes que no sean para ese fin), toallas de papel desechable, alcohol 70º en gel, líquido y dispersor y recipientes de residuos con tapa que sean accionados a pedal.
  • Los encargados de desechar los residuos tanto de las instalaciones como del parque deberán contar con guantes impermeables y descartables para evitar el contacto con elementos contaminados.

 

Medidas de acción (para funcionarios con síntomas de COVID)

  • Si un empleado presenta síntomas de COVID-19,
  1. deberá dar aviso inmediato a su supervisor,
  2. si el empleado no está en el establecimiento, deberá permanecer en su domicilio hasta tener un diagnóstico de su cobertura médica.
  3. Si el empleado está trabajando, el empleador deberá llamar de forma inmediata al servicio de urgencia para que un médico haga el diagnóstico correspondiente.
  4. Si el empleado es derivado a un prestador de salud, se deberá aislar y seguir los lineamientos del MSP para las personas que tuvieron estrecho contacto con el empleado y preventivamente realizar una limpieza y desinfección profunda del sector, de acuerdo a las indicaciones del MSP.
  5. Si el empleado es diagnosticado COVID-19 positivo se deberán seguir los lineamientos del MSP para las personas que tuvieron contacto con el empleado, realizar limpieza y desinfección profunda de todo el establecimiento, debiéndose realizar el test al testo del personal aún en los casos que no presenten síntoma alguno.

 

Seguimiento

Será vital para un buen resultado la colaboración de todos los integrantes de la organización mediante la aplicación del mismo y la realización de sugerencias, las cuales refuerzan la integridad del protocolo,

 

Información y Capacitación

Se deberá generar una instancia de información sobre el mencionado protocolo con entrega del mismo. Posteriormente se deberá generar una instancia de consulta sobre este. Y por último, luego de puesto en marcha, una nueva instancia para ver los resultados y posibles acciones a mejorar.


Artículo R.59

PROTOCOLO OBLIGATORIO PARA LA REAPERTURA DE ISLA DE GORRITI EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

  1. Sólo se permitirá la circulación por los senderos habilitados: el que comienza en la bajada del Muelle Principal hacia el Parador de Playa Honda, en dirección este-oeste y el sendero que se dirige a Playa Jardín en dirección este-noreste.
  2. En la circulación de los senderos internos de la Isla será obligatorio el uso de tapabocas que cubran correctamente nariz y boca manteniendo distanciamiento social de 2,00 mts., entre núcleos de visitantes.
  3. Queda prohibido la circulación en todo el predio interno de la isla, a excepción de franja costera, playas Jardín y Honda.
  4. El horario de visitas será de las 10:00 a las 17:00 hrs., lo que implica que a las 17:00 hrs. todo visitante de la Isla de Gorriti deberá abandonar la misma, en la última lancha de tráfico que estará saliendo a las 17:00 hrs. del muelle principal.
  5. Se exhorta también a maximizar los cuidados por el alto riesgo de incendio forestal.
  6. Será responsabilidad de todos los visitantes o núcleos familiares, retirar los residuos generados de la isla y disponer de ellos en tierra firme.
  7. El parador de la isla se regirá por el "Protocolo obligatorio por emergencia sanitaria COVID-19 para restaurantes, pizzerías, bares y casas de comidas".