Digesto Departamental

Artículo R.284

Los llamados a licitación pública de la Intendencia Municipal de Maldonado se desarrollarán de acuerdo a la siguiente reglamentación.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 Artículo 1

Artículo R.285

Los llamados a licitación pública de la Intendencia Municipal de Maldonado cumplirán, sucesivamente, los siguientes trámites dentro de la Administración: Oficina Solicitante, Departamento Jurídico-Notarial, Intendente Municipal, Mesa de Licitaciones y Dirección de Comisiones.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 Artículo 1

Artículo R.286

Las siguientes son las actuaciones que en cada caso se realizarán:

A) Oficina Solicitante.

  1. Es de su responsabilidad proyectar y redactar el Pliego Particular de Condiciones el que deberá contener la descripción exacta del objeto de la licitación, las condiciones especiales o técnicas, si fuese necesario estimular la presentación de oferentes radicados en el exterior, el tipo de moneda en que deberá cotizarse, la forma de la provisión datos, detalles, memorias descriptivas, características, cantidades, plazos de entrega y presentación de muestras y materiales accesorios requeridos, debiendo tener en cuenta, asimismo, las especificaciones pertinentes según se trate de licitar suministros y servicios no personales, obras y trabajos públicos o servicios personales, así como toda otra información que contribuya a asegurar la claridad necesaria para los posibles oferentes.
  2. En lo que corresponda, deberá iniciar el trámite con la antelación suficiente para que la provisión le llegue en tiempo y oportunidad.
  3. Confeccionado el proyecto de pliego, será remitido al Departamento Jurídico-Notarial.

B) Departamento Jurídico – Notarial.

Verificará si el proyecto cumple con las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia, observará o modificará, según el caso y si corresponde, aquellos aspectos que a su juicio lo merezcan, cumplido lo cual lo elevará a consideración del Intendente Municipal.

C) Intendente Municipal.

Tomará decisión sobre la contratación solicitada y si ésta es favorable dictará la respectiva resolución con lo que el expediente se remitirá a la Mesa de Licitaciones de la Dirección de Adquisiciones.

D) Mesa de Licitaciones.

Tendrá los siguientes cometidos:

  1. Adecuar el texto del pliego si ha sufrido modificaciones en el Departamento Jurídico-Notarial o dispuestas por el Intendente Municipal;
  2. Fijar la fecha, el lugar y la hora del acto de presentación y apertura de propuesta;
  3. Cumplir los trámites relativos a las publicaciones del llamado, formular las invitaciones a firmas del ramo, comunicar la licitación al Tribunal de Cuentas de la República y, si corresponde, al Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
  4. Fijar el precio de los Pliegos de Condiciones;
  5. Encargarse de la venta de los pliegos;
  6. Cuando corresponda, recepcionar las muestras y los distintos recaudos aportados por los oferentes, asignándoles la ubicación que por el volumen de aquellos sea necesaria, emitiendo, asimismo, los resguardos que asegurarán su oportuna devolución;
  7. Proporcionar informaciones específicas relacionadas únicamente con los aspectos administrativos de la licitación;
  8. Mantener a disposición de los interesados las contestaciones a las preguntas formuladas por los adquirentes de pliegos;
  9. Enviar pliegos de condiciones a la Junta Departamental y a la Dirección de Comisiones;
  10. Remitir el expediente a la Dirección de Comisiones.

E) Dirección de Comisiones.

  1. Tendrá a su cargo dos cometidos: inicialmente, realizar el acto de recepción y apertura de propuestas mediante la Comisión de Licitaciones y posteriormente, el análisis y estudio de las mismas a través de la Comisión Asesora de Adjudicaciones;
  2. La Comisión de Licitaciones estará integrada por el Secretario General o el Director de Comisiones, presidiéndola, un Abogado, un Escribano y un representante de la Mesa de Licitaciones;
  3. La Comisión Asesora de Adjudicaciones estará compuesta por la Comisión de Licitaciones, el Director de Contaduría, el Director de Adquisiciones y el Director de la Oficina Solicitante.

F) Comisión Asesora de Adjudicaciones.

Tiene como cometidos analizar y estudiar las ofertas presentadas en sus aspectos legales, reglamentarios, administrativos y económico-financieros, informar sobre la propuesta más conveniente a los intereses del Municipio y a las necesidades del servicio y, mediante pronunciamiento fundado, proponer la adjudicación de la licitación al oferente que a su juicio cumpla con aquellos requisitos.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 Artículo 1

Artículo R.287

Créase la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, con los cometidos específicos de elaborar el Pliego General de Condiciones de la Intendencia Municipal de Maldonado y controlar y corregir en su caso, con los asesoramientos que ésta requiera, los Pliegos de Condiciones Particulares. A tales efectos, los técnicos o funcionarios requeridos, deberán concurrir toda vez que esta Comisión los convoque.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 Artículo 1

Artículo R.288

Todas las Reparticiones Municipales deberá prestar su concurso toda vez que la Comisión aquí creada lo requiera.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 Artículo 2

Artículo R.289

Esta Comisión asesorará también respecto a las adjudicaciones, debiendo para ello integrarse con u quinto miembro correspondiente a la Repartición Municipal gestionante.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 Artículo 4

Artículo R.290

La Comisión se reportará directamente al Ejecutivo Comunal y de ninguna manera sus informes serán vinculantes, pudiendo el Ejecutivo apartarse de los informes de la misma en cuanto existan razones fundadas de utilidad pública, conveniencia social o mejor atención a los intereses del Departamento.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 Artículo 5

Artículo R.291

La Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones dictará su propio reglamento interno.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 Artículo 6

Artículo R.292

Las reparticiones municipales podrán coordinar directamente el intercambio de asesoramiento e información destinados a asegurar la Mayor eficiencia de la Administración en los procesos licitatorios.

Fuente Observaciones
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 Artículo 1

Artículo R.294

Modifícase la integración de la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones dispuesta por resolución Nº 06984/2013, la cual quedará integrada de la siguiente manera:

I) Titular: Esc. Eduardo Suarez - Suplente: Esc. Rafael Lazo

II) Titular: Dr. Jorge Dassori - Suplente: Dra. Carina Fernández

III) Titular: Cr. Raúl Vilariño - Suplente: Jorge Buda

IV) Titular: Ana Claudia Fierro - Suplente: Margot Echeverry

V) Titular: Mercedes Melli - Suplente: Claudio Casella

Fuente Observaciones
Res.ID. 05541/2015 de 2015-07-30 Artículo 1
Res.ID. 08016/2015 de 2015-11-03 Artículo 1
Res.ID. 09707/2019 de 2019-12-16 Artículo 1

Artículo R.295

Déjase sin efecto la Resolución Nº 06983/2013.

Fuente Observaciones
Res.ID. 05541/2015 de 2015-07-30 Artículo 2