Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.286


Artículo R.286

Las siguientes son las actuaciones que en cada caso se realizarán:

A) Oficina Solicitante.

  1. Es de su responsabilidad proyectar y redactar el Pliego Particular de Condiciones el que deberá contener la descripción exacta del objeto de la licitación, las condiciones especiales o técnicas, si fuese necesario estimular la presentación de oferentes radicados en el exterior, el tipo de moneda en que deberá cotizarse, la forma de la provisión datos, detalles, memorias descriptivas, características, cantidades, plazos de entrega y presentación de muestras y materiales accesorios requeridos, debiendo tener en cuenta, asimismo, las especificaciones pertinentes según se trate de licitar suministros y servicios no personales, obras y trabajos públicos o servicios personales, así como toda otra información que contribuya a asegurar la claridad necesaria para los posibles oferentes.
  2. En lo que corresponda, deberá iniciar el trámite con la antelación suficiente para que la provisión le llegue en tiempo y oportunidad.
  3. Confeccionado el proyecto de pliego, será remitido al Departamento Jurídico-Notarial.

B) Departamento Jurídico – Notarial.

Verificará si el proyecto cumple con las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia, observará o modificará, según el caso y si corresponde, aquellos aspectos que a su juicio lo merezcan, cumplido lo cual lo elevará a consideración del Intendente Municipal.

C) Intendente Municipal.

Tomará decisión sobre la contratación solicitada y si ésta es favorable dictará la respectiva resolución con lo que el expediente se remitirá a la Mesa de Licitaciones de la Dirección de Adquisiciones.

D) Mesa de Licitaciones.

Tendrá los siguientes cometidos:

  1. Adecuar el texto del pliego si ha sufrido modificaciones en el Departamento Jurídico-Notarial o dispuestas por el Intendente Municipal;
  2. Fijar la fecha, el lugar y la hora del acto de presentación y apertura de propuesta;
  3. Cumplir los trámites relativos a las publicaciones del llamado, formular las invitaciones a firmas del ramo, comunicar la licitación al Tribunal de Cuentas de la República y, si corresponde, al Registro Nacional de Empresas de Obras Públicas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
  4. Fijar el precio de los Pliegos de Condiciones;
  5. Encargarse de la venta de los pliegos;
  6. Cuando corresponda, recepcionar las muestras y los distintos recaudos aportados por los oferentes, asignándoles la ubicación que por el volumen de aquellos sea necesaria, emitiendo, asimismo, los resguardos que asegurarán su oportuna devolución;
  7. Proporcionar informaciones específicas relacionadas únicamente con los aspectos administrativos de la licitación;
  8. Mantener a disposición de los interesados las contestaciones a las preguntas formuladas por los adquirentes de pliegos;
  9. Enviar pliegos de condiciones a la Junta Departamental y a la Dirección de Comisiones;
  10. Remitir el expediente a la Dirección de Comisiones.

E) Dirección de Comisiones.

  1. Tendrá a su cargo dos cometidos: inicialmente, realizar el acto de recepción y apertura de propuestas mediante la Comisión de Licitaciones y posteriormente, el análisis y estudio de las mismas a través de la Comisión Asesora de Adjudicaciones;
  2. La Comisión de Licitaciones estará integrada por el Secretario General o el Director de Comisiones, presidiéndola, un Abogado, un Escribano y un representante de la Mesa de Licitaciones;
  3. La Comisión Asesora de Adjudicaciones estará compuesta por la Comisión de Licitaciones, el Director de Contaduría, el Director de Adquisiciones y el Director de la Oficina Solicitante.

F) Comisión Asesora de Adjudicaciones.

Tiene como cometidos analizar y estudiar las ofertas presentadas en sus aspectos legales, reglamentarios, administrativos y económico-financieros, informar sobre la propuesta más conveniente a los intereses del Municipio y a las necesidades del servicio y, mediante pronunciamiento fundado, proponer la adjudicación de la licitación al oferente que a su juicio cumpla con aquellos requisitos.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 Artículo 1