VOLUMEN II
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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Procedimiento de Contratación Administrativa
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CAPÍTULO I | Reglamento para los Llamados a Licitaciones Públicas |
SECC. ÚNICA |
Los llamados a licitación pública de la Intendencia Municipal de Maldonado se desarrollarán de acuerdo a la siguiente reglamentación.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 | Artículo 1 |
Los llamados a licitación pública de la Intendencia Municipal de Maldonado cumplirán, sucesivamente, los siguientes trámites dentro de la Administración: Oficina Solicitante, Departamento Jurídico-Notarial, Intendente Municipal, Mesa de Licitaciones y Dirección de Comisiones.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 | Artículo 1 |
Las siguientes son las actuaciones que en cada caso se realizarán:
A) Oficina Solicitante.
B) Departamento Jurídico – Notarial.
Verificará si el proyecto cumple con las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia, observará o modificará, según el caso y si corresponde, aquellos aspectos que a su juicio lo merezcan, cumplido lo cual lo elevará a consideración del Intendente Municipal.
C) Intendente Municipal.
Tomará decisión sobre la contratación solicitada y si ésta es favorable dictará la respectiva resolución con lo que el expediente se remitirá a la Mesa de Licitaciones de la Dirección de Adquisiciones.
D) Mesa de Licitaciones.
Tendrá los siguientes cometidos:
E) Dirección de Comisiones.
F) Comisión Asesora de Adjudicaciones.
Tiene como cometidos analizar y estudiar las ofertas presentadas en sus aspectos legales, reglamentarios, administrativos y económico-financieros, informar sobre la propuesta más conveniente a los intereses del Municipio y a las necesidades del servicio y, mediante pronunciamiento fundado, proponer la adjudicación de la licitación al oferente que a su juicio cumpla con aquellos requisitos.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 | Artículo 1 |
Créase la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones, con los cometidos específicos de elaborar el Pliego General de Condiciones de la Intendencia Municipal de Maldonado y controlar y corregir en su caso, con los asesoramientos que ésta requiera, los Pliegos de Condiciones Particulares. A tales efectos, los técnicos o funcionarios requeridos, deberán concurrir toda vez que esta Comisión los convoque.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 | Artículo 1 |
Todas las Reparticiones Municipales deberá prestar su concurso toda vez que la Comisión aquí creada lo requiera.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 | Artículo 2 |
Esta Comisión asesorará también respecto a las adjudicaciones, debiendo para ello integrarse con u quinto miembro correspondiente a la Repartición Municipal gestionante.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 | Artículo 4 |
La Comisión se reportará directamente al Ejecutivo Comunal y de ninguna manera sus informes serán vinculantes, pudiendo el Ejecutivo apartarse de los informes de la misma en cuanto existan razones fundadas de utilidad pública, conveniencia social o mejor atención a los intereses del Departamento.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 | Artículo 5 |
La Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones dictará su propio reglamento interno.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3493/2005 de 2005-08-03 | Artículo 6 |
Las reparticiones municipales podrán coordinar directamente el intercambio de asesoramiento e información destinados a asegurar la Mayor eficiencia de la Administración en los procesos licitatorios.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2041/1990 de 1990-04-12 | Artículo 1 |
Modifícase la integración de la Comisión Asesora de Licitaciones y Adjudicaciones dispuesta por resolución Nº 06984/2013, la cual quedará integrada de la siguiente manera:
I) Titular: Esc. Eduardo Suarez - Suplente: Esc. Rafael Lazo
II) Titular: Dr. Jorge Dassori - Suplente: Dra. Carina Fernández
III) Titular: Cr. Raúl Vilariño - Suplente: Jorge Buda
IV) Titular: Ana Claudia Fierro - Suplente: Margot Echeverry
V) Titular: Mercedes Melli - Suplente: Claudio Casella
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 05541/2015 de 2015-07-30 | Artículo 1 | |
Res.ID. 08016/2015 de 2015-11-03 | Artículo 1 | |
Res.ID. 09707/2019 de 2019-12-16 | Artículo 1 |
Déjase sin efecto la Resolución Nº 06983/2013.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 05541/2015 de 2015-07-30 | Artículo 2 |
CAPÍTULO II | Delegación de Atribuciones en Materia de Contratación |
SECC. ÚNICA |
Delégase en el Director General de Hacienda la facultad de contratar directamente o por el procedimiento que por razones de buena administración determine, en las situaciones y causales previstas por el artículo 33 numeral 3 del TOCAF dando inmediata cuenta al delegante, conforme lo establece el inciso 3 del artículo 481 de la Ley. 15.903.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 73/2006 de 2006-01-04 | Artículo 1 |