Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.238


Artículo R.238

Cométese a la Dirección General de Urbanismo resolver las gestiones relacionadas a la aplicación de las disposiciones del presente capítulo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 de la Constitución de la República.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 10782/2022 de 2022-10-28 Artículo 4