Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.267


Artículo R.267

Ampliar, a partir del 24 de abril de 2006, la concesión de pases de libre tránsito o boleteras gratuitas, en el transporte colectivo, departamental, válidos para su uso sobre todas las líneas departamentales sin limitaciones, a las personas discapacitadas físicas o intelectuales y a un familiar en los casos en que deban imprescindiblemente viajar acompañados, a las personas con afecciones, patologías o disfunciones (seropositivos VIH, Hemodializados, etc.) que, a entender del Ejecutivo municipal, comporten la necesidad de facilidades de desplazamiento, en la medida que acrediten:

a) las personas con discapacidad por el solo hecho de tener una discapacidad le corresponderá el pase libre sin necesidad de realizar estudio socioeconómico de la familia, dando cumplimiento a la nueva Ley 18.651;

b) los portadores de patologías o disfunciones especiales, certificación del médico o médicos tratantes y constancia de los tratamientos prescriptos;

c) será necesario estudio socioeconómico para pase libre por acompañante y por enfermedad crónica discapacitante que estén comprendidos dentro de los siguientes parámetros:

  • Ingresos totales del hogar por debajo del equivalente a la suma de U.R 21 (Veintiuna Unidades Reajustables) por cada persona mayor y a U.R 7 (Siete Unidades Reajustables) por cada integrante menor de 14 años del núcleo familiar, PARA HOGARES INTEGRANTES POR SOLO UN ADULTO,
  • Ingresos Totales del hogar por debajo del equivalente a la suma de U.R 17 (Diecisiete Unidades Reajustables) por cada persona y a U.R. 7 (Siete Unidades Reajustables) por cada integrante menor de 14 años del núcleo familiar, PARA HOGARES INTEGRADOS POR DOS ADULTOS;
  • Ingresos totales del hogar por debajo del equivalente a la suma de U.R 13,5 (Trece y media Unidades Reajustables) por cada persona mayor y a U.R 7 (Siete Unidades Reajustables) por cada integrante menor de 14 años del núcleo familiar, PARA HOGARES CON MÁS DE DOS INTEGRANTES ADULTOS.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1679/2006 de 2006-04-26 Artículo 1
Res.ID. 4293/2012 de 2012-06-21 Artículo 2