Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.244


Artículo R.244

La comprobación tanto de la utilización indebida del beneficio que se otorga, como la adulteración de los documentos correspondientes, se sancionarán con la pérdida definitiva del mencionado beneficio.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1757/2006 de 2006-05-02 Artículo 7