Artículo R.200
Requisitos para la autorización.
Para obtener la autorización correspondiente, los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Presentar con un mínimo de 20 días de anticipación, solicitud formal de uso del parque, dirigida al Encargado General del parque, indicando nombre y calidades del interesado, si es persona física, si es persona jurídica se debe indicar quién será el responsable físico, así también su número de cédula, dirección y formas de contacto.
- Nota donde se detalle el tipo de actividad, cantidad de personas involucradas, tiempo a disponer, horarios de inicio y finalización y otra información que permita evaluar los posibles impactos de la misma en el espacio público solicitado.
- Para la realización de actividades por parte de la misma Municipalidad, se deberá cumplir con los mismos requisitos.
- Los interesados en realizar la actividad, trátese de personas físicas o jurídicas, deberán firmar una nota de acuerdo o similar, en el que se comprometen a velar por la seguridad, el aseo, el orden y a dejar el parque en el miso estado y condiciones en que lo recibió, o deberá responder por la reparación de cualquier daño que se produzca, Si la Municipalidad en cualquier momento observa que se incumplen las obligaciones contraídas y el parque corre peligro de sufrir daños, puede en el acto ordenar la suspensión de las actividades con el auxilio de la Fuerza Pública y ordenar el desalojo del parque.