Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.195


Artículo R.195

Gestión del parque:

La gestión del parque se realizá de acuerdo a dos formas, directa e indirecta, estableciéndose el modo en forma específica para cada espacio urbano y/o servicios que ofrezca el parque.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 04878/2015 de 2015-06-26 Artículo 9