VOLUMEN VIII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XV
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SECCIÓN I
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Responsabilidad para uso inadecuado:
Quienes causaren daños a la flora, fauna, mobiliario urbano, infraestructura o cualquier otro medio existente en los mencionados espacios, estarán sujetos a las sanciones previstas en la legislación municipal, contenida o no en este reglamento.
Conforme a la legislación civil y penal, los padres o encargados de los menores de edad que, por realizar un uso indebido de las instalaciones o mobiliario urbano municipal ubicado en parques o espacios de uso público, causen en éstos algún daño material, serán responsables por mismos, correspondiéndoles resarcir el costo total de la reparación de los daños causados.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 04878/2015 de 2015-06-26 | Artículo 8 |