Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.194


Artículo R.194

Responsabilidad para uso inadecuado:

Quienes causaren daños a la flora, fauna, mobiliario urbano, infraestructura o cualquier otro medio existente en los mencionados espacios, estarán sujetos a las sanciones previstas en la legislación municipal, contenida o no en este reglamento.

Conforme a la legislación civil y penal, los padres o encargados de los menores de edad que, por realizar un uso indebido de las instalaciones o mobiliario urbano municipal ubicado en parques o espacios de uso público, causen en éstos algún daño material, serán responsables por mismos, correspondiéndoles resarcir el costo total de la reparación de los daños causados.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 04878/2015 de 2015-06-26 Artículo 8