Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.187


Artículo R.187

Ámbito de Aplicación:

Este reglamento tiene por objeto regular, dentro de la esfera de competencia municipal, las responsabilidades, el uso, cuidado y protección del parque y sus espacios públicos, incluyendo la infraestructura, inmobiliario, flora, fauna y demás elementos que se encuentren en los mismos Comprende también la regulación sobre las condiciones higiénicas y fitosanitarias que han de cumplirse en dicho espacio público.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 04878/2015 de 2015-06-26 Artículo 1