VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN III
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En los casos de transferencias no voluntarias, los interesados deberán presentar ante la Dirección de Tránsito y Transporte los instrumentos públicos pertinentes que justifiquen sus derechos a inscribir la transferencia o el título de propiedad, si lo hubiera obtenido.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 | Artículo 51 |