Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.332


Artículo D.332

Edificios sin pasivas.

a) Los cerramientos superiores serán realizados en materiales livianos y su altura media no excederá los 3 mts.

b) La estructura resistente, no podrá tener continuidad estructural con la del edificio  principal.

c) En ningún caso se permitirá la utilización de los retiros laterales definidos para P.B.

d) Deberá quedar garantizado el libre acceso a las demás unidades del edificio.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 Artículo 300