VOLUMEN V
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Subzona 1.2.3. Calles 20 y 24.
a) Límites: Comprende los predios frentistas a las calles No.20 y No.24 excluidos los pertenecientes la Subzona 1.2.2 Manzanas Adyacentes a Gorlero.
b) Normas especiales: Se deberá tener especial cuidado en el proyecto y tratamiento de las azoteas presentándose los planos respectivos indicándose allí los materiales y terminaciones de las mismas.
c) Retiros mínimos:
- frontales: 4 mts..
- bilaterales y de fondo: desde 3 mts. hacia arriba 3 mts.
d) Altura máxima: - 12 mts. (Planta baja y tres plantas altas).
- de planta baja, en zona de retiros: 3 mts.
e) Ocupación: F.O.S. S.S.: 100%
F.O.S. P.B: 100% excluido retiro frontal
F.O.S. P.A.: 30%
F.O.T.: 190%
f) Salientes y cuerpos salientes: de 1,50 mts. sobre el retiro frontal en toda la extensión del volumen edificado.
g) Acondicionamiento: Los pavimentos de las zonas non edificandi libradas al uso público, deberán mantener el nivel de las veredas.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 | Artículo 185 |