Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.135


Artículo R.135

La nómina de los funcionarios deberá ser presentada en la Dirección de Turismo y Promoción Social con quince días de anticipación a la iniciación de actividades, adjuntando un certificado de Conducta otorgado por la policía.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 8525/1979 de 1979-09-01 Artículo 1