Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.322


Artículo D.322

Cuando la Intendencia Municipal de Maldonado determine la existencia de enfermedades o plagas, los propietarios de los predios que tienen los árboles afectados, estarán obligados a tomar las medidas de lucha que ésta indique.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3602 de 1988-11-11 Artículo 19