Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.105


Artículo R.105

Facúltese a la inspección General Municipal a solicitar el auxilio de la Fuerza Pública en caso de que este sea necesario para dar cumplimiento con lo dispuesto.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 6940/1991 de 1991-11-19 Artículo 3