Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.54


Artículo D.54

De las obligaciones de las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas.

Las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas, deberán:

a) Cumplir con la Constitución de la República, las Leyes y demás normas que le sean aplicables.

b) Cumplir en tiempo y forma con la propuesta aprobada para su instalación en el Parque Urbano Educativo.

c) Pagar los gastos de mantenimiento relativos a espacios comunes cuyo monto y periodicidad se reglamentará.

d) Dar cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones que le sean impuestas por la Intendencia.


Nota: Redacción dada por Decreto Departamental 4058/2022.


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 Artículo 10
Dto.Jta.Dep. 4058/2022 de 2022-09-27 Artículo 6