VOLUMEN IX
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LIBRO III
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PARTE
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TÍTULO II
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CAP. ÚNICO
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SECCIÓN VI
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De las obligaciones de las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas.
Las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas, deberán:
a) Cumplir con la Constitución de la República, las Leyes y demás normas que le sean aplicables.
b) Cumplir en tiempo y forma con la propuesta aprobada para su instalación en el Parque Urbano Educativo.
c) Pagar los gastos de mantenimiento relativos a espacios comunes cuyo monto y periodicidad se reglamentará.
d) Dar cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones que le sean impuestas por la Intendencia.
Nota: Redacción dada por Decreto Departamental 4058/2022.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 | Artículo 10 | |
Dto.Jta.Dep. 4058/2022 de 2022-09-27 | Artículo 6 |