Digesto Departamental
VOLUMEN IX
LIBRO III
PARTE
TÍTULO II
CAP. ÚNICO
SECCIÓN VI
Obligaciones de las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas.

Artículo D.54

De las obligaciones de las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas.

Las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas, deberán:

a) Cumplir con la Constitución de la República, las Leyes y demás normas que le sean aplicables.

b) Cumplir en tiempo y forma con la propuesta aprobada para su instalación en el Parque Urbano Educativo.

c) Pagar los gastos de mantenimiento relativos a espacios comunes cuyo monto y periodicidad se reglamentará.

d) Dar cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones que le sean impuestas por la Intendencia.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 Artículo 10
Dto.Jta.Dep. 4058/2022 de 2022-09-27 Artículo 6

Nota: Redacción dada por Decreto Departamental 4058/2022.


Artículo D.55

Del incumplimiento de las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas.

Son causales de revocación del Comodato otorgado:

a) El incumplimiento de los plazos para la ejecución de las propuestas, salvo motivo fundado que será valorado por la Intendencia, la que resolverá previo informe de la Comisión Asesora del Parque Urbano Educativo.

b) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones exigibles a las Instituciones Universitarias, Terciarias y Deportivas, que a juicio de la Intendencia ameriten la revocación, con informe previo en tal sentido, de la Comisión Asesora del Parque Urbano Educativo.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3925 de 2014-02-28 Artículo 11
Dto.Jta.Dep. 4058/2022 de 2022-09-27 Artículo 7

Nota: Redacción dada por Decreto Departamental 4058/2022.