Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.103


Artículo R.103

El estudio de las aspiraciones estará a cargo del equipo técnico, el que elaborará sendos informes fundados, ordenados de Mayor a menor según la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes, de acuerdo a tabla preestablecida; y los elevará a la Comisión Departamental de Becas.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 784/2012 de 2012-01-27 Artículo 1