Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.208


Artículo D.208

En caso de contravención a lo establecido en el artículo D.41, se procederá al retiro de la placa de "prueba", privándole al interesado de todo derecho adquirido.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 198