VOLUMEN IV
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAPÍTULO VIII
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SECCIÓN IV
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El estacionamiento en zonas rurales y suburbanas se hará fuera del pavimento. Si por emergencia se debe hacer sobre el mismo, se adoptará el máximo de precauciones.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 | Artículo 133 |