Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.142


Artículo D.142

La Intendencia Municipal dispondrá las limitaciones que considere necesarias en las operaciones de carga y descarga.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 132