Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.186


Artículo R.186

En cada caso en que se otorgue autorización, la Intendencia Departamental y/o los Municipios deslindan toda responsabilidad referente a accidentes o eventos extraordinarios producto de las actividades mencionadas en los presentes, quedando éstos bajo responsabilidad de la empresa, institución o solicitante, según corresponda.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 5838/2012 de 2012-08-27 Artículo 4