Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.139


Artículo R.139

Las solicitudes deberán ser cursadas por escrito al Sr. Intendente Municipal de Maldonado o al Sr. Director General de Deportes; con un máximo de 45 (cuarenta y cinco) días y un mínimo de 10 (diez) días de antelación, las que deberán especificar:

  1. Cantidad de personas a alojarse, discriminadas por sexos y si son Mayores y/o menores. En el caso de tratarse de menores, deberán tener por lo menos un responsable por sexo (cada 24 personas);
  2. Qué día y hora aspiran acceder al alojamiento y qué día y a qué hora lo dejarán;
  3. El motivo por el cual viajan y usarán los alojamientos, determinando si representan a alguna institución;
  4. Entregar lista de las personas a alojarse con N° de C.I. de cada uno al entrar.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2788/1999 de 1999-08-10 Artículo 1