VOLUMEN VIII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XII
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SECCIÓN I
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El no cumplimiento a lo precedentemente establecido en este Reglamento General, traerá aparejadas las sanciones disciplinarias que la Dirección General de Deportes considere conveniente, según la gravedad de la falta cometida, pudiéndose llegar a la suspensión preventiva para la realización de actividades en cualquiera de las áreas del Complejo Deportivo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 2664/1999 de 1999-08-02 | Artículo 1 |