VOLUMEN VIII
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LIBRO II
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Para poder utilizar los espacios frentistas a los locales comerciales, los interesados deberán contar con el permiso correspondiente expedido por la Dirección de Higiene Ambiental y Dirección de Arquitectura y/o Junta Local respectiva.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3537 de 1986-10-17 | Artículo 1 |