VOLUMEN VIII
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN V
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Todos los productos envasados que se expandan deberán tener su etiqueta de origen y fecha de vencimiento. Los embutidos llevarán el precinto correspondiente de acuerdo a las disposiciones municipales y nacionales vigentes.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 980/1996 de 1996-03-07 | Artículo 29 |