Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.29


Artículo R.29

Todos los productos envasados que se expandan deberán tener su etiqueta de origen y fecha de vencimiento. Los embutidos llevarán el precinto correspondiente de acuerdo a las disposiciones municipales y nacionales vigentes.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 980/1996 de 1996-03-07 Artículo 29