Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.16


Artículo R.16

Mientras la feria estuviera funcionando con la atención al público solamente se permitirá el tránsito peatonal en la misma.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 980/1996 de 1996-03-07 Artículo 16