VOLUMEN VII
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LIBRO II
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN XI
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Venta de Nichos, Parcelas y Urnarios
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La Intendencia Municipal procederá a la venta de parcelas y a la construcción y venta de nichos y urnarios en las distintas Necrópolis del Departamento, atendiendo las necesidades del servicio.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3622 de 1990-09-21 | Artículo 118 |
Los derechos que se establezcan por el uso de los bienes funerarios determinados precedentemente, se regularán por la situación socio económica del grupo familiar.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3622 de 1990-09-21 | Artículo 119 |