VOLUMEN VIII
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LIBRO II
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PARTE
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TIT. ÚNICO
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CAPÍTULO I
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SECCIÓN II
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Disposiciones Generales
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La colocación de avisos de publicidad y propaganda en el Departamento de Maldonado, visibles desde cualquier punto, queda sujeto a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y a las normas reglamentarias que por razones de interés de la comunidad se establecen en los artículos siguientes.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 3 |
El Departamento se considera dividido en las zonas urbanas, suburbanas y rurales, que determina la Ordenanza General de Construcciones.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 | Artículo 4 |