Digesto Departamental

Artículo D.87

Los avisos de publicidad o propaganda en sus distintos tipos, son elementos que afectan el ámbito en que se instalan, llenado a ser altamente determinantes del mismo.

Cuando se colocan indiscriminadamente, en general, el resultado es caótico y agresivo para los que deben vivir entre ellos.

La Intendencia Municipal de Maldonado debe tomar las medidas adecuadas para que, sin lesionar los derechos de las distintas partes involucradas, se proteja la comunidad de la polución que resulta de la colocación indiscriminada de avisos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 Artículo 1

Artículo D.88

La implantación de avisos de publicidad o propaganda en la trama urbana, define muy fuertemente las situaciones de centralidad, su centralidad y los nexos vinculantes entre centros.

El manejo cuidadoso de los avisos puede transformarse en un factor que ayude a la definición clara de las áreas caracterizadas de la ciudad, limitando la invasión de elementos propios de las zonas centrales de las suburbanas y garantizando el mantenimiento de equilibrio de las mismas. Esto es particularmente importante y necesario en las zonas turísticas donde la posibilidad de descanso incluye la oferta de un ambiente no contaminado por el stress del modo de vida generado por la civilización del consumo, como un atractivo fundamental.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3595 de 1988-06-24 Artículo 2