Digesto Departamental
VOLUMEN IV
LIBRO I
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO I
Principios Básicos

SECCIÓN I Competencia
Artículo D.1

Compete a la Intendencia Municipal de Maldonado, por medio de su dirección de Tránsito y Transporte, el planeamiento, la regulación y la fiscalización del tránsito por la vía pública de personas, vehículos y animales. La función de control de las infracciones que se  cometan contra las disposiciones contenidas en el presente decreto, así como la adopción de las medidas de emergencia que requiera el tránsito, competen a la Dirección de Tránsito y Transporte y a la Jefatura de Policía de Maldonado. La Intendencia Municipal requerirá la colaboración policial directa o a través de los funcionarios competentes en los casos que así lo requiera el cumplimiento de la función.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 1

SECCIÓN II Usuarios de la Vía Pública
Artículo D.2

Todo usuario de la vía pública está obligado a cumplir con las disposiciones referentes al tránsito, así como a no hacer todo aquello que signifique trastornos o peligros en la circulación de personas, vehículos y animales.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 2

Artículo D.3

Las disposiciones reguladoras del tránsito podrán indicarse en base de signos, marcas, señales o similares o por medio de agentes de tránsito, ya sean municipales o policiales. Ningún usuario de la vía pública podrá ignorarlas o dejarlas de cumplir.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 3