Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.1


Artículo D.1

Compete a la Intendencia Municipal de Maldonado, por medio de su dirección de Tránsito y Transporte, el planeamiento, la regulación y la fiscalización del tránsito por la vía pública de personas, vehículos y animales. La función de control de las infracciones que se  cometan contra las disposiciones contenidas en el presente decreto, así como la adopción de las medidas de emergencia que requiera el tránsito, competen a la Dirección de Tránsito y Transporte y a la Jefatura de Policía de Maldonado. La Intendencia Municipal requerirá la colaboración policial directa o a través de los funcionarios competentes en los casos que así lo requiera el cumplimiento de la función.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3449 de 1982-09-10 Artículo 1