VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO V
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SECC. ÚNICA
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Las sanciones disciplinarias serán aplicadas teniendo en consideración la naturaleza y la gravedad de la falta cometida, los daños que ocasionaren al servicio, las atenuantes, las agravantes y los antecedentes funcionales del transgresor.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3828 de 2007-09-12 | Artículo 36 |