Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.13


Artículo D.13

Los cargos declarados políticos o de particular confianza, serán los únicos llenados por designación directa del Intendente.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3828 de 2007-09-12 Artículo 13