Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.409


Artículo D.409

Una vez llenados y firmados por ambas partes, los formularios correspondientes quedarán:

a) El original en poder del arrendatario, quien deberá circular en todo momento con dicho documento y presentarlo ante Autoridades Municipales cada vez que se lo soliciten.

b) Las demás vías quedarán en poder de la empresa, pudiendo el personal inspectivo municipal, retirar una de ellas cada vez que se estime pertinente.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3723 de 1998-05-08 Artículo 9