Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.405


Artículo D.405

En el local comercial es obligatorio colocar a la vista del usuario:

a) Un ejemplar de la presente Ordenanza.

b) Los valores a cobrarse por el arrendamiento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3723 de 1998-05-08 Artículo 5