VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Es obligatorio para las empresas permisarias, ejecutar los aspectos relativos a la contratación del servicio en locales adecuados que contarán con habilitación higiénica ambiental, debiendo registrar su domicilio comercial en la Intendencia Municipal de Maldonado - Dirección de Tránsito y Transporte.
Además deberán contar con local para los vehículos, los que no podrán quedar depositados en la vía pública.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3723 de 1998-05-08 | Artículo 4 |