Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.404


Artículo D.404

Es obligatorio para las empresas permisarias, ejecutar los aspectos relativos a la contratación del servicio en locales adecuados que contarán con habilitación higiénica ambiental, debiendo registrar su domicilio comercial en la Intendencia Municipal de Maldonado - Dirección de Tránsito y Transporte.

Además deberán contar con local para los vehículos, los que no podrán quedar depositados en la vía pública.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3723 de 1998-05-08 Artículo 4