Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.399


Artículo D.399

CONTROL. Cométese a la Dirección General de Turismo e Inspección General Municipal la implementación del control de la presente normativa.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3686 de 1994-08-31 Artículo 20