Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.287


Artículo R.287

Quienes emitan las guías, remitirán los originales de las mismas, en forma diaria, a la Unidad de Obras Civiles y Talleres. Los directores de obra o sus responsables, remitirán los triplicados recibidos, en forma semanal a la Unidad mencionada.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2917/1996 de 1996-09-17 Artículo 5