Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.286


Artículo R.286

El transportista descargará a pie de obra, entregando el triplicado al responsable de la misma, quien suscribirá el duplicado, el cual mantendrá en su poder y entregará al final de la jornada a su supervisor inmediato, o en la Dirección de Vehículos si correspondiera.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2917/1996 de 1996-09-17 Artículo 4