VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO III
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN V
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Autorízase la enajenación de los bienes inmuebles empadronados con los números 31519 y 31520, situados en la manzana N° 1583 de la localidad catastral Maldonado, Departamento de Maldonado, mediante procedimiento competitivo, con destino al establecimiento de una Zona Franca, sus accesos y área verde.
El producido de las enajenaciones se destinará para la gestión de la conservación integral y uso racional del "Parque Metropolitano del Humedal del Arroyo Maldonado" y su entorno, integrándose al Fondo que se crea en el Capítulo IV del Decreto Departamental Nº 4047/2022.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 4047/2022 de 2022-05-24 | Artículo 6 |