VOLUMEN V
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LIBRO X
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO III
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SECC. ÚNICA
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PÉRDIDA DE BENEFICIOS.
Los beneficios previstos en el presente acto legislativo se perderán por cualquiera de estas causas:
A) La paralización de las obras por más de tres meses continuos.
B) La falta de inicio de obras dentro de los seis meses de la aprobación del permiso.
C) El incumplimiento de obligaciones establecidas en el presente Decreto Departamental.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 4053/2022 de 2022-07-12 | Artículo 7 |