Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.362


Artículo R.362

Instrúyase a Posadas, Posadas & Vecino Sociedad Civil, el inicio de acciones judiciales por concepto de cobro de tributos inmobiliarios adeudados, en aquellos casos que se hubiere agotado la gestión extrajudicial de cobro de los mismos al 30 de junio de 2020, salvo las exclusiones que la Intendencia expresamente comunique.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 03751/2019 de 2019-04-26 Artículo 1