VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XII
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SECC. ÚNICA
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Los propietarios de automóvil con taxímetro, con permiso vigente, contarán con un plazo de 120 días para regularizar su situación en cualquiera de las disposiciones de ésta que resultara distinta de su situación actual, salvo los casos específicamente establecidos en otros Arts. de esta Ordenanza. El plazo se contará a partir de la publicación de la Presente Ordenanza en el Diario Oficial y otro diario del Departamento.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3912 de 2012-12-27 | Artículo 65 |